Autoridades de Consulta

Autoridades de consulta. Son aquellas que tienen a su cargo la organización, dirección y seguimiento del proceso de consulta en la Universidad, proteger el ejercicio del derecho al sufragio y otorgar plenas garantías a los participantes en el proceso de consulta. Las autoridades de consulta son las siguientes:

  • El Consejo Superior: Es la máxima autoridad de la organización de consulta en la Universidad.

  • El Comité de Garantías: Es el organismo que tendrá a su cargo la coordinación, inspección y control del proceso de consulta que se realicen en la Universidad. Así mismo, es el encargado de brindar las garantías para la protección y efectividad de los derechos y deberes de todas las personas que participen en el proceso de consulta, actuando con transparencia y con sujeción a los principios orientadores de los procesos democráticos.

Comité de Garantías

El Comité de Garantías estará conformado de la siguiente forma:

  1. Un (1) delegado del Consejo Superior designado entre sus integrantes, quien lo presidirá.
  2. Un (1) delegado del Consejo Académico designado entre sus integrantes.
  3. Un (1) profesor de planta que esté ejerciendo la representación profesoral en algún órgano colegiado de gobierno diferente al Consejo Superior y al Consejo Académico.
  4. Un (1) estudiante que esté ejerciendo la representación estudiantil en algún órgano de gobierno diferente al Consejo Superior y al Consejo Académico.
  5. Un (1) graduado que esté ejerciendo la representación de egresados en algún órgano de gobierno diferente al Consejo Superior y al Consejo Académico.
  6. El Secretario General quien ejercerá la secretaría técnica, con voz, pero sin voto.

Son funciones del Comité:

  1. Servir de cuerpo consultivo y asesor del Consejo Superior en el desarrollo de los procesos eleccionarios.
  2. Garantizar la transparencia y el cumplimiento de cada proceso, el desarrollo eficiente, eficaz e imparcial de las actividades establecidas, en condiciones de plenas garantías para votantes y candidatos.
  3. Absolver las consultas y emitir conceptos que le sean solicitados por quienes participen en cada proceso en calidad de candidatos.
  4. Definir las actividades específicas de cada proceso de elección, el cronograma para la realización de las mismas, y los procedimientos, instrumentos y herramientas requeridos para su ejecución efectiva, transparente y garantista.
  5. Organizar la logística requerida para la realización de las actividades definidas para cada proceso según el cronograma establecido.
  6. Conformar los comités de apoyo que considere necesarios, de acuerdo con las características particulares de cada proceso.
  7. Difundir el horario para el desarrollo de cada proceso de elección.
  8. Verificar el cumplimiento de las calidades y requisitos de cada uno de los inscritos, de acuerdo con las características particulares de cada proceso.
  9. Publicar el listado de candidatos y asignar por sorteo los números que los identificarán.
  10. Publicar los listados de las personas habilitadas en el censo para votar, a partir de los datos depurados que le sean entregados por las dependencias responsables.
  11. Coordinar y ejecutar las estrategias de promoción y divulgación dirigidas a la comunidad universitaria en relación con los procesos, los candidatos y las propuestas.
  12. Organizar foros, debates, conversatorios y demás espacios de comunicación directa, por medios físicos o digitales, entre los candidatos y la comunidad universitaria.
  13. Promover la participación democrática de la comunidad universitaria en la jornada de votación correspondiente.
  14. Velar por el cumplimiento de las normas sobre promoción y publicidad que haya expedido, y en caso de incumplimiento por parte de los candidatos, adoptar las medidas correctivas y necesarias, que permitan el normal desarrollo de los procesos.
  15. Solicitar el acompañamiento externo por parte de entidades como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Personería, la Misión de Observación Electoral y otras instituciones o personas naturales, cuya participación aporte para asegurar la transparencia del proceso.
  16. Resolver las solicitudes, peticiones, quejas, reclamos o sugerencias que se presenten para su consideración durante el proceso.
  17. Suscribir las actas de apertura y cierre de la jornada electoral, como también, publicar oficialmente los resultados de la jornada de votación en cada proceso de elección o consulta.
  18. Las demás relacionadas y necesarias para la organización del proceso electoral u otras que le sean asignadas por el Consejo Superior.

El Comité de Garantía de Consulta esta conformado por:

  • Fotografia de JOSÉ MIGUEL BERDUGO OVIEDO

    JOSÉ MIGUEL BERDUGO OVIEDO

    Representante del Consejo Superior, quién lo preside

  • Fotografia de MARLA MAESTRE MEYER

    MARLA MAESTRE MEYER

    Representante del Consejo Académico

  • Fotografia de OMAR FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

    OMAR FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

    Representante de los Docentes

  • Fotografia de MAIRA ALEJANDRA ATIA BELLO

    MAIRA ALEJANDRA ATIA BELLO

    Representante de los Estudiantes

  • Fotografia de JOHANN LAFAURIE RIVERA

    JOHANN LAFAURIE RIVERA

    Representante de los Graduados

  • Fotografia de MERCEDES DE LA TORRE HASBUN

    MERCEDES DE LA TORRE HASBUN

    Secretaria General de la Universidad, quien ejerce las funciones de Secretaria Técnica